El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) fortalece las Medidas relacionadas con la Cooperación y Coordinación Interna (R.2) y la Prevención del Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (R.1)

En junio de 2019, el GAFI acordó seguir trabajando para fortalecer los Estándares del GAFI para contrarrestar el financiamiento de la proliferación (CFP). Tras una consulta pública sobre el proyecto de enmiendas a la Recomendación 1 y su Nota Interpretativa, la Plenaria del GAFI de octubre de 2020 aprobó las revisiones de las Recomendaciones del GAFI. La Recomendación 1 revisada y su Nota Interpretativa requieren que los países y las entidades del sector privado identifiquen, evalúen, gestionen y mitiguen los riesgos de posibles infracciones, no implementación o evasión de las sanciones financieras específicas relacionadas con el financiamiento de la proliferación (FP).

El GAFI también adoptó enmiendas a la Recomendación 2 y una nueva Nota Interpretativa a la Recomendación 2 (INR.2), para mejorar la cooperación nacional, la coordinación y el intercambio de información entre las autoridades nacionales.

Los Procedimientos del GAFI y GAFIC (párrafo 4) requieren que los países sean evaluados sobre la base de las Recomendaciones y Notas Interpretativas del GAFI, y la Metodología tal como existen en el momento de la visita in situ del país. Sin embargo, la Plenaria del GAFI acordó desarrollar una Guía para ayudar a los países y al sector privado a evaluar y mitigar el riesgo de financiamiento de la proliferación y acordó además que el GAFI comenzará a evaluar las jurisdicciones para la implementación de estos nuevos requisitos (relacionados con R.1, INR.1 , R.2 e INR.2) al comienzo de la próxima (quinta) ronda de evaluaciones mutuas, para dar tiempo a tomar las medidas necesarias.

La declaración pública completa se puede leer aquí.