La importancia de la debida diligencia del cliente que se discutió en la Conferencia de Instituciones Financieras Nacionales en Barbados La Conferencia de Instituciones Financieras Nacionales (DFIC) fue organizada conjuntamente por el Banco Central de Barbados y la Comisión de Servicios Financieros (FSC) en agosto de 2020. Los reguladores y representantes del sector financiero deliberaron sobre el tema "Debida Diligencia del Cliente, Obligaciones de notificación y Monitoreo". Los debates iniciales del panel se centraron en la necesidad de que las instituciones financieras (IF) acataran los requisitos internacionales antilavado de dinero y contra la financiación del terrorismo (ALA/CFT). El panel aclaró que el cumplimiento de estos requisitos es la razón principal por la que los clientes tengan que presentar una lista de verificación de documentos incluso los documentos de identidad, prueba de domicilio y fuente de fondos, tales como las cartas de trabajo. Al tomar nota de las conclusiones de la Evaluación Nacional de Riesgos (ENR) para Barbados, Cyralene Benskin-Murray, Consejera General del FSC, declaró que el país se ve particularmente vulnerable al fraude y que representaba una amenaza considerable en relación con la delincuencia. En sus aportes, la Sra. Cyralene Benskin-Murray señaló que las IF hacen uso de la información solicitada de los clientes como parte del proceso de debida diligencia a fin de luchar contra el lavado de capitales (LA) y la financiación del terrorismo (FT). Señaló además que la información facilita el monitoreo, la presentación de informes y el desarrollo de los perfiles de clientes lo que ayuda a establecer un patrón para los fondos entrantes y salientes, lo que a su vez ayuda en gran medida que las IF protejan a sus clientes de los delitos financieros. Al utilizar un ejemplo de actividades fraudulentas en línea para transferir dinero de una cuenta a otra, la Consejera General reveló que tales actividades han ocurrido antes y recalcan la necesidad de tener una debida diligencia continua. Al observar que el intento de transacción se impidió porque la IF marcó la transacción como inusual para el cliente, se instaron a las IF a no tratar las solicitudes de información como repetitivas. Agregó: "No está obligado a producir información por puro gusto. No se trata de recopilar información. El objetivo final es prevenir el lavado de capitales y la financiación del terrorismo. El objetivo es también asegurarse de que los delitos determinantes, tales como el fraude, la corrupción y las drogas, y los ingresos de esos delitos, no se filtren en nuestro sistema". Una recomendación que se planteó en las sesiones para abordar la necesidad de un mayor uso de las medidas de debida diligencia es la aplicación de una mayor cantidad de principios de evaluación basados en el riesgo, tales como Conocer a su propio Cliente (KYOC). Sin embargo, la Consejera General Benskin-Murray advirtió que las IF deben ser conscientes de proteger la inclusión financiera. La Consejera General Benskin-Murray continuó diciendo que "aumentar la comodidad para los clientes primero, a través de la educación financiera y la comunicación" ayuda a los clientes a que entiendan y ayuda a las IF a largo plazo. Señaló además que se favorece el cumplimiento voluntario de las medidas cuando los clientes entienden las razones del proceso, y la formación adecuada del personal de primera línea en las IF ayudará en gran medida para agilizar este proceso con base en el perfil de riesgo del cliente.